La palabra Constitución proviene del idioma latín y se define como la ley fundamental que tiene un Estado. Esta ley posee un rango mucho mayor al resto de las leyes y Define los conceptos de las libertades de los ciudadanos y del régimen de los derechos, delimitando las instituciones y poderes que existen en la organización política.
También se le puede llamar ley fundamental Carta Magna. En otras palabras también se le llama norma jurídica suprema que tiene un Estado de derecho, esta norma define el origen de la soberanía en el pueblo o en la nación ya sea soberanía popular o soberanía nacional, también se fija en defender los derechos constitucionales y fundamentales junto con la representación política y los mecanismos de participación, fija la forma de Estado basándose en su organización territorial, establece la forma de gobierno como también el régimen político y su sistema.
Se establecen los controles y límites a los cuáles los poderes del Estado deberán someterse a fin de conceptualizar sus equilibrios y filiaciones en la clásica división de poderes, que son: poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial.
¿CUALES SON SUS PARTES?
Partes de la Constitución
En la dogmática contemporánea, la constitución está basada en tres principales partes que la conforman. Estas son: la parte dogmática, la parte orgánica y la parte social.
Dogmática
Se refleja el sistema de las garantías del individuo, tomándose como estimación que este ha crecido hasta evolucionar a la idea de los Derechos Humanos.
Se le llama de esta forma debido a que se trata de la suma de normas fundamentales superiores y anteriores al Estado, que no reserva la acción ni el poder los gobernantes, sino que en vez de eso definen el rumbo de las actuaciones que realiza el poder público.
Orgánica
La parte orgánica se refiere al cuerpo de principios, instituciones y normas de la constitución que organizan, regulan y administran la definición, las atribuciones, la estructura y los retos de los poderes u órganos del Estado.
Estas son completamente necesarias debido a que regulan los diferentes aspectos de la vida social. Mantienen una competencia distinta a las leyes ordinarias y poseen unos cuantos requisitos fuera de lo ordinarios, como por ejemplo es tener la mayoría absoluta para que sean aprobadas.
Abordan el desarrollo y elaboración de las libertades públicas y los derechos fundamentales de los individuos e individuas.
Social
La parte social de la constitución es un tema muy tratado actualmente se trata del sistema de instituciones y normas qué promueven y regulan el bienestar de la sociedad.
Se desenvuelven en el modus vivendi y la identidad cultural de un pueblo o región determinados, dentro de su margen histórico y al mismo tiempo en sus distintos aspectos reales como: el político, el económico pero principalmente el cultural como elemento ontológico.
Este tipo de constitución se desarrolla dentro de la vida de la gente en forma de condición «sine qua non» a su constitución e identidad relacionada a la realidad, de igual manera con su constitución teológica siendo abstracta de cualquier estructura jurídica.